Cuándo es obligatorio llevar mascarilla en el coche
Desde hace ya casi un año el uso de mascarilla es un hábito que hemos integrado a nuestro día a día. En los vehículos privados también es obligatorio utilizarlas en algunos casos. Uno de ellos es cuando las personas que viajan en el vehículo no conviven juntas: en ese caso el uso de mascarilla será obligatorio. En el caso de que las personas sean convivientes, no es necesario que lleven mascarilla. La multa por no cumplir esta norma es de 100 euros, quedando eximidos los menores de seis años y personas por razones médicas justificadas.
Hay otro factor a tener en cuenta por los ocupantes del vehículo que no sean convivientes. Estas personas están obligadas a respetar el máximo fijado en cada comunidad autónoma paras las reuniones de personas que no formen parte de burbujas de convivencia. En comunidades como Catalunya son seis personas, pero en otras son menos, por lo que no estaría permitido ocupar las cinco plazas habituales los coches. La sanción sería igualmente de 100 euros.
Otros factores a tener en cuenta con la mascarilla en el vehículo
La normativa de tráfico también determina que cuando la mascarilla no se utilice, no debe colgarse del retrovisor. Se basa en que la norma dispone que no puede haber ningún objeto que dificulte la visión del conductor, y su incumplimiento supone una multa de 80 euros.
Según determinó en mayo del pasado año 2020 el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el uso de mascarillas en obligatorio en los siguientes casos:
- Cuando se viaje con no convivientes es obligatorio en motocicletas, ciclomotores y vehículos de categoría L.
- En los transportes públicos, privados complementarios y privados particulares de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor.
- En los vehículos con una sola fila de asientos, como cabinas de vehículos pesados, furgonetas, u otros, en los que viaje más de un ocupante.
- Para todos los usuarios del transporte en autobús, ferrocarril, aéreo y marítimo. En el caso de los pasajeros de los buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote
Por lo que respecta a los trabajadores de los servicios de transporte que tengan contacto directo con los viajeros, deberán ir provistos de mascarillas y tener acceso a soluciones hidroalcohólicas para una higiene de manos frecuente.
El número de ocupantes permitido
En motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría de dos plazas homologadas, podrán viajar dos personas. El uso de guantes será obligatorio tanto para el pasajero como el conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores de uso compartido.
En transportes privados particulares y privados en vehículos de hasta nueve plazas incluyendo el conductor, podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo si todas son convivientes. Si no todas viven en el mismo domicilio, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos manteniendo la máxima distancia posible entre los ocupantes.